Arzobispado de San Juan de Cuyo

BENDICIÓN APOSTÓLICA E INDULGENCIAS
DEL SANTO PADRE BENEDICTO XVI
PARA EL AÑO JUBILAR DE LA IGLESIA DE SAN JUAN DE CUYO

1. El Santo Padre ha concedido la Bendición papal e Indulgencia plenaria a todos los fieles que, con las debidas disposiciones y condiciones, participen en las celebraciones de la Apertura y de la Clausura del Jubileo de acción de gracias y de compromiso misionero por los 175 años de la creación de la Iglesia de San Juan de Cuyo.

La Apertura del Jubileo es el día sábado 19 de septiembre de 2009 en la Iglesia Catedral de San Juan. Al día siguiente, domingo 20 de septiembre, se realizará en todos los templos y capillas diocesanas.

La Clausura del Jubileo tendrá lugar el sábado 18 de septiembre de 2010, y al día siguiente, domingo 19 de septiembre de 2010, se hará en todos los templos y capillas diocesanas.

La bendición e indulgencia se extiende también a todos los fieles que, imposibilitados de participar personalmente, lo hagan a través de los medios radiales o televisivos.
 

DISPOSICIONES PERSONALES Y CONDICIONES PARA RECIBIR
LA INDULGENCIA PLENARIA

  • Tener verdadero arrepentimiento de los pecados y recibir la confesión, el sacramento del perdón de Dios, en los días previos, posteriores o durante la celebración jubilar, tratando de excluir de nuestra vida todo apego al pecado.

  • Participar en la Santa Misa y recibir la Sagrada Comunión.

  • Rezar el Padrenuestro y el Credo por las intenciones del Papa y las necesidades de la Iglesia en San Juan de Cuyo, culminando con una invocación a la Santísima Virgen María.

Para el Año Jubilar, el Santo Padre también ha concedido las siguientes indulgencias:

2. Indulgencia plenaria en las celebraciones eucarísticas en todos los templos de la Arquidiócesis de San Juan de Cuyo, en las Solemnidades de Navidad (25 de diciembre 2009), Pascua de Resurrección del Señor Jesús (4 de abril 2010), Pentecostés (23 de mayo 2010) Corpus Christi (6 de junio 2010), y Nacimiento de San Juan Bautista (24 de junio 2010)

3. Indulgencia plenaria en las Fiestas patronales de cada comunidad cristiana (parroquias y capillas), en las celebraciones jubilares que realicen los decanatos, en las ordenaciones presbiterales y diaconales, y en las peregrinaciones, jornadas y encuentros arquidiocesanos aprobados por el Obispo, que tengan un sentido jubilar.

4. Indulgencia plenaria en las peregrinaciones a algunos templos especialmente designados, con asistencia a una sagrada celebración o con un tiempo conveniente dedicado a la oración, concluyendo con la oración del Padrenuestro, el Credo y una invocación a la Santísima Virgen María; en algunos de estos casos la participación en la Eucaristía podrá realizarse en otros templos:

  • Iglesia Catedral de San Juan

  • Basílica y Parroquia de Nuestra Señora de los Desamparados (Rivadavia)

  • Parroquia y Santuario de la Inmaculada Concepción de María (Capital)

  • Parroquia y Santuario de San José (Jáchal)

Para mayor facilidad de los fieles, también se podrán ganar estas indulgencias en otros templos de la Arquidiócesis:

  • Capilla Nuestra Señora del Carmen (Achango, Iglesia)

  • Parroquia Jesús de la Buena Esperanza (Barreal, Calingasta)

  • Parroquia San Antonio (Media Agua, Sarmiento)

  • Parroquia Nuestra Señora de Andacollo (Villa Krause, Rawson)

  • Parroquia Cristo Rey (Caucete)

  • Parroquia Nuestra Señora de Fátima (Rawson)

  • Parroquia Santa Lucía (Santa Lucía)

5. Indulgencia plenaria para los fieles impedidos por enfermedad u otra causa relevante, con el propósito de cumplir las condiciones habituales apenas sea posible, se unan espiritualmente a una celebración jubilar y ofrezcan a Dios sus oraciones y dificultades por las intenciones del Papa y las necesidades de la Iglesia en San Juan de Cuyo.

6. Indulgencia parcial para quienes participen en algunas de las siguientes celebraciones o actos de piedad realizados en agradecimiento por la evangelización de la región de Cuyo y por las necesidades de nuestra Iglesia en San Juan:

  • Participar en una celebración de la Palabra de Dios en acción de gracias por el Año Jubilar, en la cual se realice una homilía o meditación al respecto.

  • Hacer memoria agradecida a Dios por la evangelización en la región o darla a conocer a través de estudios, recopilaciones históricas, conferencias, charlas, publicaciones, etc. o facilitar su difusión.

  • Leer en familia o con otras personas un texto bíblico, meditando en silencio o reflexionando la Palabra de Dios y culminando con algunas oraciones vocales o intenciones y el rezo del Padre Nuestro y del Avemaría.

  • Ofrendar una limosna equivalente a una jornada laboral de quien hace la ofrenda, destinada al sostenimiento del Seminario Arquidiocesano de San Juan.

  • Visitar a personas enfermas, recluidas o que se encuentren solas o impedidas y compartir con ellas la lectura y el comentario u oración de algún texto bíblico, haciendo memoria agradecida de nuestra evangelización, culminando con algunas oraciones vocales o intenciones y el rezo del Padre Nuestro y del Avemaría.

La indulgencia plenaria se puede obtener sólo una vez por día y puede aplicarse por las ánimas del purgatorio. Las personas sordas o mudas pueden ganar las indulgencias si rezan con los demás fieles en el mismo lugar y elevan a Dios su mente y su corazón.


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